La Procuraduría General de la Nación inhabilitó al exconcejal de Medellín, Juan Carlos Upegui, para ejercer cargos públicos durante ocho años, argumentando que su elección infringió el régimen de inhabilidades establecido por la ley. Esta decisión, que se suma a la declaratoria de nulidad electoral dictada por el Consejo de Estado, fue comunicada en primera instancia y se fundamenta en el vínculo familiar de Upegui con su padre, Carlos Alberto Upegui Mejía, quien ejerció como rector encargado de una institución educativa en Medellín meses antes de las elecciones de 2023.
Upegui, estrecho aliado político del exalcalde Daniel Quintero, anunció la sanción en sus redes sociales y denunció una supuesta persecución política: «La Procuraduría me acaba de inhabilitar ocho años para ejercer cargos públicos por ser hijo de un profesor, nunca se había producido un fallo así. El uribismo usa esta entidad como una arma política para eliminar sus adversarios. Apelaremos la decisión y seguiremos luchando para recuperar los derechos políticos.»
La procuraduría me acaba de inhabilitar 8 años para ejercer cargos públicos por ser hijo de un profesor, nunca se había producido un fallo así. El uribismo usa esta entidad como una arma política para eliminar sus adversarios. Apelaremos la decisión y seguiremos luchando para…
— Juan Carlos Upegui (@JuanCaUpeguiV) November 25, 2024
Por su parte, Daniel Quintero respaldó la versión de Upegui, calificando el fallo como un acto arbitrario: «Absurdo lo que hace la Procuraduría de Cabello. No les bastó con dejar a Medellín sin el jefe de la oposición. ¡Resistiremos y venceremos!».
Las razones detrás de la inhabilidad
Según la Procuraduría, Upegui incurrió en una falta disciplinaria grave al posesionarse como concejal pese a que su padre ejercía autoridad administrativa en el municipio de Medellín, lo cual está expresamente prohibido por la Ley 617 de 2000. Esta norma establece que los aspirantes a cargos de elección popular no pueden tener familiares que ejerzan autoridad administrativa, política o militar un año antes de las elecciones.
El Consejo de Estado, que en octubre pasado confirmó la pérdida de investidura de Upegui, precisó: «Aunque el demandado accedió a la curul en aplicación del Estatuto de la Oposición, debía cumplir el régimen de inhabilidades establecido para el cargo de concejal.»
La defensa de Upegui argumentó que su padre no ejerció autoridad administrativa en la institución educativa, por lo que no se configuraría una causal de inhabilidad. Sin embargo, tanto el Consejo de Estado como la Procuraduría consideraron que las pruebas presentadas no desvirtúan la aplicación del régimen legal.
Aunque Upegui ya apeló la decisión, esta situación sigue generando controversia y polarización en la opinión pública. Incluso se espera que figuras nacionales, como el presidente Gustavo Petro, se pronuncien, considerando que ha cuestionado fallos similares basándose en la Convención Americana de Derechos Humanos.
El caso de Upegui, que alcanzó la curul gracias al Estatuto de la Oposición tras quedar en segundo lugar en las elecciones a la Alcaldía de Medellín, representa un nuevo golpe al movimiento político liderado por Daniel Quintero, quien también fue sancionado por la Procuraduría en 2022 por presunta participación en política durante su mandato como alcalde.