El Tribunal Administrativo de Antioquia aún no resuelve en primera instancia las demandas de nulidad electoral presentadas en contra de Juan Carlos Upegui Vanegas por haber incurrido en la inhabilidad, por parentesco con autoridad administrativa antes de la elección.
La Sala Plena del Tribunal Administrativo de Antioquia, en sentencia del 16 de febrero de 2024 ya había determinado que Upegui Vanegas sí había incurrido en una inhabilidad debido a su parentesco con una autoridad administrativa antes de la elección. Esta decisión se tomó mediante un fallo expedito, a pesar de las implicaciones que conlleva para los derechos políticos del demandado, quien perdió su investidura en primera instancia.
El debate se intensifica ahora con respecto al reemplazo de la curul que actualmente ocupa Juan Carlos Upegui Vanegas en el Concejo de Medellín en virtud del Estatuto de la Oposición.
Las fuerzas políticas dominantes de Antioquia le apuestan a que esa curul la ocupe Camila Gaviria Barreneche, miembro del partido político Creemos, al cual el Consejo de Estado le ha revocado su personería jurídica por haberse expedido en forma irregular.
En efecto, de materializarse esta situación, el partido político Creemos tendría una mayoría considerable de ocho concejales, lo que les conferiría un poder significativo en el Concejo Distrital. Esta mayoría incluso haría prescindible la participación de la bancada del partido político Centro Democrático, ya que a Creemos le resultaría relativamente fácil obtener los votos adicionales necesarios para cualquier decisión dentro de la Corporación.
De otra parte está Albert Corredor, quien es el candidato que sigue en votos a Juan Carlos Upegui en la elección para alcalde. Corredor también es uno de los actores principales en las demandas de nulidad electoral.
Según los argumentos presentados por Corredor en la demanda, se sostiene que el derecho fundamental a la oposición no puede perderse simplemente porque un candidato haya participado de manera irregular en el proceso electoral.
La decisión podría parecer relativamente clara para el Tribunal Administrativo de Antioquia, dado que, según el planteamiento presentado, Corredor quedaría como el candidato habilitado que sigue en votos a quien la autoridad electoral declaró como alcalde electo.
Es posible que la complejidad de los argumentos presentados, junto con la importancia de la situación política y los precedentes establecidos por la Sala Plena, estén contribuyendo a la demora del Tribunal Administrativo de Antioquia en tomar una decisión. El tribunal podría estar realizando un análisis exhaustivo para garantizar que su fallo sea sólido y coherente con la legislación y la jurisprudencia previas, sin poner en riesgo el derecho fundamental de la oposición.